OFICIO SUBSANACIÓN JUSTIFICACIÓN
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU.
Asunto: Oficio de subsanación de la documentación de justificación presentada para el expediente n.º 621087
Examinada la documentación de justificación aportada hasta la fecha, referida a la actuación incentivada con número de
expediente arriba indicado, se observan los siguientes elementos que deberán ser subsanados:
En relación al documento Cuenta justificativa de fecha 12/12/2024, suscrita por FUTURO SOLAR INSTALACIONES Y
MANTENIMIENTOS SOCIEDAD LIMITADA, se deberá subsanar:
[x] Los datos de localización son inexistentes. (ver nota 1 en anexo)
Dado que el beneficiario se trata de una empresa privada y el uso de la actuación es publico.
Deberá acceder a la pestaña ‘Datos de memoria’ de la plataforma informática utilizada para la presentación de la
justificación y indicar el apartado de ‘Localización de los sistemas de recarga’, en coordenadas GPS en grados
decimales y en la proyección WGS84, en lugar de grados sexagesimales.
[x] El destinatario último de la ayuda no logra acreditar el cumplimiento de la obligación de garantizar contablemente la
separación de los gastos subvencionados. (ver nota 1 en anexo)
Deberá generar de nuevo la cuenta justificativa, accediendo a la plataforma informática utilizada para la presentación de
la justificación, donde identifique la forma en la que se garantiza la separación de los gastos subvencionados. Dicha
cuenta justificativa deberá ser firmada por la empresa adherida que representa al beneficiario en la tramitación del
incentivo.
[x] En relación a la obligación de informar sobre la ayuda obtenida para actuaciones cofinanciadas por la Unión Europea
con fondos «NEXT GENERATION EU», el beneficiario no facilita el enlace de la página web corporativa. (ver nota 1 en
anexo)
Dado que se trata de empresa privada y la actuación es para uso publico. Los beneficiarios deberán incluir en su web
corporativa, información sobre la ayuda obtenida de la Unión Europea, en el marco del Plan de Recuperación,
Trasformación y Resiliencia, del IDAE y de la Junta de Andalucía, según el siguiente texto tipo: «(Beneficiario) ha recibido
una ayuda de la Unión Europea con cargo al Fondo NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación,
Trasformación y Resiliencia, para (denominación de la actuación/proyecto) dentro del Programa de incentivos a la
movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES III ANDALUCÍA) del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, gestionado por la Junta de Andalucía, a través de la Agencia Andaluza de la Energía.”
Deberá generar de nuevo la cuenta justificativa, accediendo a la plataforma informática utilizada para la presentación de
la justificación. Dicha cuenta justificativa deberá ser firmada por la empresa adherida que representa al beneficiario en
la tramitación del incentivo.
En relación al documento OTROS DOCUMENTOS referenciado como FOTOGRAFIAS INSTALACION, se deberá subsanar:
[x] El documento que se aporta presenta deficiencias. (ver nota 2 en anexo)
El distintivo debe de aparecer en la fotografiá junto al punto de recarga.
Deberá acceder a la pestaña ‘Documentos’ y subir a la plataforma informática utilizada para la presentación de la
justificación y subir la aclaración solicitada.
En relación al documento Fotografía de publicidad referenciado como Documento de Justificacion JFO, se deberá
subsanar:
[x] El documento presenta deficiencias. (ver nota 3 en anexo)
El distintivo debe de aparecer en la fotografiá junto al punto de recarga.
Deberá adjuntar, a través de la pestaña ‘Documentos’ de la plataforma informática utilizada para la presentación de la
justificación, fotografía de la placa permanente o vinilo adhesivo, conforme al modelo publicado por la Agencia Andaluza
de le Energía e IDAE, en su página web.
En relación al documento Licencias y autorizaciones administrativas referenciado como Licencias y autorizaciones
administrativas, se deberá subsanar:
[x] El documento aportado presenta deficiencias. (ver nota 4 en anexo)
Del documento de solicitud de Licencia de obra aportado, se desprende que la actuación solicitada es para una
instalación fotovoltaica, y no ha sido posible comprobar que dicha Declaración responsable incluye también la
instalación de los punto de recarga objeto de la subvención. Presente el documento, para verificar que la instalación
subvencionada se incluye en dicha Declaración responsable.
Deberá adjuntar, a través de la pestaña ‘Documentos’ de la plataforma informática utilizada para la presentación de la
justificación, documento en los términos indicados.
En relación al documento MEMORIA TECNICA / PROYECTO referenciado como Memoria técnica de la instalación /
Proyecto de la instalación, se deberá subsanar:
[x] La memoria técnica de diseño aportada presenta deficiencias. (ver nota 5 en anexo)
La documentación aportada se corresponde a M.T.D. de un solo un punto de R.v. Eléctrico cuando la instalación consta
de 2 y falta el plano de emplazamiento y unifilar de cada Punto.
Deberá adjuntar, a través de la pestaña Documentos de la plataforma informática utilizada para la presentación de la
justificación, el documento requerido en los términos indicados.
Para subsanar las deficiencias descritas, deberá firmar la cuenta justificativa subsanada, habilitada a tal efecto, y
presentarla a través de la plataforma informática utilizada para la presentación de la justificación, haciendo uso del
correspondiente certificado digital.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (modificado por el art. 63.e) del RD-Ley
36/2020, de 30 de diciembre), se le requiere para que en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente a la
notificación del presente escrito, subsane las incidencias detectadas.
En relación con lo anterior, le informamos que la notificación se entenderá practicada en el momento en que se
produzca el acceso a su contenido en la dirección electrónica habilitada en el Servicio de Notificaciones Electrónicas, y
que según establece el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para el cómputo del anterior plazo quedan
excluidos los sábados, los domingos y los días declarados festivos.
Asimismo, se le informa que en virtud de lo dispuesto en los artículos 34.3 y 37 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, la justificación insuficiente de la subvención es causa de pérdida de derecho al
cobro, todo lo cual se pone en su conocimiento a los efectos oportunos.
La inexactitud, falsedad u omisión de los datos o la documentación dirigida a obtener un incentivo determinará el
reintegro y/o pérdida del derecho al cobro del mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o de
otro orden que, en su caso, resulten exigibles en el marco de las medidas de antifraude de aplicación a las actuaciones
financiadas con fondos públicos.
EL TÉCNICO DEL DEPARTAMENTO DE FINANCIACIÓN DE ACTUACIONES ENERGÉTICAS
ANEXO al oficio de subsanación de la justificación para el expediente 621087
(1) En el resuelve decimoquinto de la Resolución de 7 de julio de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, se
establece la documentación requerida para justificar la actuación realizada. Estableciendo, para ambas actuaciones,
que debe presentarse la cuenta justificativa conforme al formulario web de la Agencia Andaluza de la Energía, donde los
destinatarios últimos de las ayudas, con excepción de las personas físicas que no desarrollen actividades económicas
por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, deben garantizar que utilizan un sistema de contabilidad
diferenciado o un código contable adecuado para las transacciones relacionadas con la operación. La rendición de la
cuenta justificativa constituye un acto obligatorio de la empresa adherida, en la que se deben incluir, bajo la
responsabilidad de la persona declarante los justificantes de gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que
permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 30.2 de la Ley General de Subvenciones.
(2) En el resuelve decimoquinto, apartados 3.1.g) y 3.2.f) de la Resolución de 7 de julio de 2021, de la Agencia
Andaluza de la Energía, se relacionan los términos en los que se han de aportar las facturas como documentos
justificativos de la ejecución de la actuación objeto de incentivo. Todo ello, sin perjuicio del cumplimiento de los
requisitos establecidos en el artículo 15 del Real Decreto 1619\2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
(3) El resuelve decimoséptimo de la Resolución de 21 de julio, de la Agencia Andaluza de la Energía, establece en su
apartado primero, entre otros extremos, el deber de los beneficiarios de financiación de la Unión Europea, de mencionar
el origen de esta financiación y garantizar su visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y
una declaración de financiación adecuada que indique «financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU».
(4) En el resuelve decimoquinto, apartado 3.2.j) de la Resolución de 7 de julio de 2021, de la Agencia Andaluza de la
Energía, se establece como documentación justificativa a aportar, copia del certificado de instalación eléctrica otorgado
por órgano competente de la Comunidad Autónoma, así como aquella documentación que acredite, que las actuaciones
cuentan con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas en el caso que la actuación lo requiera.
(5) En el resuelve decimoquinto, apartado 3.2.c) de la Resolución de 7 de julio de 2021, de la Agencia Andaluza de la
Energía, en el que se establece como documento a aportar en fase de justificación, la Memoria Técnica o Proyecto de la
instalación realizada si así lo requiere, según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.